Todas las empresas que reciban ayuda estatal para pagar salarios de mayo no podrán recomprar sus acciones ni distribuir utilidades sin importar la cantidad de empleados que tengan.
Las empresas que reciben la ayuda del Estado no podrán recomprar sus acciones ni distribuir utilidades sin importar la cantidad de empleados que tengan. Esa fue la recomendación del comité de evaluación del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y a la Producción (ATP), integrado por representantes de AFIP y el Ministerio de Trabajo. Además, se evaluará la situación financiera de todas las firmas, más allá de sus ventas.
Las restricciones que hasta el día de hoy solo regían para las empresas de más de 800 empleados prohíben:
-distribuir utilidades por los períodos fiscales cerrados a partir de noviembre de 2019
-recomprar acciones directa o indirectamente
-adquirir títulos valores en pesos para su posterior e inmediata venta en moneda extranjera o su transferencia en custodia al exterior
-realizar erogaciones a sujetos relacionados directa o indirectamente con el beneficiario cuya residencia, radicación o domicilio se encuentre en una jurisdicción no cooperante o de baja o nula tributación.
Para el caso de los sueldos de mayo (inscripción abierta hasta el jueves 21/5), no importa la cantidad de empleados que tenga la empresa. Antes se evaluaba la situación financiera de las compañías de más de 800 trabajadores, ahora se evaluará la situación de todas aquellas que se inscriban al programa.
Si las compañías de más de 800 empleados son destinatarias del salario complementario para los sueldos de mayo, los cuatro requisitos que incluyen la imposibilidad de recomprar acciones se deberían ampliar por 24 meses, evaluó el comité.
La recomendación del comité para cumplir con las condiciones requeridas es «solicitar a la AFIP que remita al Banco Central de la República Argentina y a la Comisión Nacional de Valores la nómina de beneficiarios correspondientes para que efectúen las acciones de control que guardan relación con sus respectivas competencias».
Las restricciones dispuestas por el comité responden a una serie de cuestionamientos sobre el destino del pago de salarios complementarios por parte del Estado, luego de que se diera a conocer que grandes empresas sin problemas de solvencia fueran beneficiadas por el subsidio.