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El Gobierno amplía asistencia para pagar salarios y ofrece créditos a tasa 0% a monotributistas y autónomos

El Gobierno amplía asistencia para pagar salarios y ofrece créditos a tasa 0% a monotributistas y autónomos

Son modificaciones al DNU por el cual se creó a principios de mes el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción.


El Gobierno avanzó en la ampliación del decreto N° 332/20 vinculado con el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción y dispuso que parte de los sueldos de empleados de empresas del sector privado en crisis económica por culpa del Covid-19, los abonará el Estado.

En las próximas horas se publicará un DNU por parte del Ministerio de Desarrollo Productivo el cual instrumentará «créditos a tasa cero para personas adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y para trabajadores autónomos en las condiciones que establezcan la Jefatura de Gabinete y el Banco Central (BCRA) con subsidio del 100%».

A partir de esta ampliación mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 376, el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) consistirá en la obtención de uno o más de los siguientes beneficios:

* El Ejecutivo ofrecerá la posibilidad de elegir entre «la postergación o reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) devengadas en abril». En caso del que el beneficiario pida el segundo, la Jefatura de Gabinete definirá el porcentaje.

* Salario complementario: asignación abonada por el Estado Nacional para los trabajadores y las trabajadoras en relación de dependencia del sector privado.

* Crédito a tasa cero para personas adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (monotributistas) y para trabajadores/as autónomos en las condiciones que establezcan la Jefatura de Gabinete de la Nación y el Banco Central, con un subsidio del 100% del costo financiero total.

* Sistema integral de prestaciones por desempleo: los trabajadores/as que reúnan los requisitos previstos en las leyes N° 24.013 y 25.371 accederán a una prestación económica por desempleo de entre 6.000 y 10.000 pesos.

Financiamiento:

«El monto de la financiación no podrá exceder una cuarta parte del límite superior de ingresos brutos establecidos para cada categoría del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, con un límite máximo de $150.000). El financiamiento será desembolsado en tres cuotas mensuales iguales y consecutivas», indica el decreto.

El Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP) bonificará el 100% de la tasa de interés y del costo financiero total que devenguen los créditos a tasa cero.

En este sentido, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, podrá transferir al FONDEP, dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo, en concepto de aporte directo, la suma de 11.000 millones de pesos.

El Fondo de Garantías Argentina (FoGAR), por su parte, podrá avalar hasta el 100% de los créditos a tasa cero, «sin exigir contragarantías» y  dispondrá a través de la Jefatura de Gabinete de $26 mil millones.