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Más empresas deberán contar con una opción fácil para suspender las suscripciones

Más empresas deberán contar con una opción fácil para suspender las suscripciones

La obligación de tener un “botón de baja” en los sitios de Internet se extenderá ahora también a las plataformas de streaming y las compañías de seguro. Tendrán 60 días corridos desde hoy para adaptar sus sitios webs respetando las disposiciones vigentes.


La Dirección Nacional de Defensa del Consumidor, perteneciente a la Secretaría de Comercio Interior de la Nación, estableció, a través de la disposición N°357/2021, la obligación del “botón de baja” en los sitios webs de empresas que brindan servicios de streaming de contenido multimedia, así como también para las de planes de ahorro previo, compañías de seguro y de tiempos compartidos.

Este botón dentro de las páginas online tiene como objetivo simplificar el proceso para que los consumidores puedan cancelar un servicio en el momento que desean y sin obstáculos. Esto incluye a servicios como Netflix y Spotify, entre otros.

“Se incorporaron estas nuevas categorías de productos y servicios luego de numerosas denuncias de usuarios que, a través de diversos canales, reclamaron la imposibilidad de completar de manera simple el trámite de suspensión definitiva de los pagos a la empresa contratada”, explicaron desde La Dirección Nacional de Defensa de las y los Consumidores.

En el texto oficial se detalló que uno de los motivos por lo que se tomó esta medida fue “la conflictividad generada en el último tiempo con las empresas de contratos de ahorro previo”.

Estos nuevos servicios que deben cumplimentar con la visibilidad y accesibilidad del botón de baja se suman a los que ya deben hacerlo que son: las empresas de telefonía fija y móvil, las de internet, las de radiodifusión por suscripción, las de medicina prepaga, las suscripciones a diarios y revistas, en soporte papel o digital; las suscripciones de bases de datos; los servicios de asistencia al viajero, los de emergencias médicas y/o traslados sanitarios de personas; la asociación a clubes y gimnasios; las tarjetas de crédito emitidas por empresas no bancarias; las donaciones periódicas con débito automático a asociaciones civiles, ONGs y entidades de bien público; y los servicios de seguridad y alarmas.

Las y los consumidores pueden escribir a consultas@consumidor.gob.ar, en twitter.com/DNDConsumidor, en facebook.com/DefensaConsumidorArgentina o en instagram.com/defensadelasylosconsumidores.