A través de ProCreAr se destinarán los fondos necesarios para quienes entre octubre 2018 y diciembre 2019 hayan tenido subas por encima de un 10%.
El Gobierno compensará a los deudores de créditos hipotecarios en UVA que entre octubre 2018 y diciembre 2019 hayan tenido aumentos en sus cuotas por encima de un 10% de lo que hubiera resultado actualizarla por el índice de salarios (CVS) por el plazo de 15 meses.
A través de ProCreAr se destinarán los fondos necesarios para cubrir durante ese período la diferencia pagada en la cuota si se hubiese tomado como incremento el CVS (Coeficiente de Variación Salarial) en lugar del UVA, que se actualiza por inflación. El Gobierno destacó que se trata de un subsidio temporario.
El fondo cubrirá la diferencia entre la cuota mensual del crédito ajustado por el índice UVA y la que hubiera debido pagarse si el crédito se hubiera ajustado por el índice CVS (Coeficiente de Variación Salarial), multiplicada por 1,1 (cuota UVA – cuota CVS por 1,1), cuando esta diferencia se verifique.
Según consigna Ambito.com, para los nuevos créditos, se requerirá a los bancos un aporte mensual obligatorio del 1,5% del monto de la cuota correspondiente. Los bancos están habilitados a cobrar este cargo por separado a los clientes e incluirlo en la cuota mensual.
En cambio, para los créditos ya otorgados ProCreAr realizará un aparte al fondo de cobertura, a favor de todos los beneficiarios, equivalente a 1,5% por cada una de las cuotas ya pagadas y otro equivalente al valor presente del 1,5% de todas las cuotas restantes.
Los bancos deberán remitir mensualmente un régimen informativo sobre los créditos de beneficiarios PROCREAR en los que se haya superado el límite de 1,1 CVS.
Para recibir la compensación se deberá cumplir con las siguientes condiciones:
-Que hayan tomado créditos ajustables por UVA por montos que, al momento del desembolso, no hayan superado el equivalente en pesos de 120.000 UVA
-Actualmente el valor de la UVA es de $38,58, pero en octubre de 2018 era de $28,16.
-Que hayan destinado los créditos a la adquisición de una vivienda familiar, única, permanente con un valor de compra o tasación —el que sea menor de ambos— inferior a las 140.000 UVA.
-Que en la actualidad no sean propietarios o copropietarios de otro inmueble
Los bancos deberán remitir mensualmente un régimen informativo (el mismo que se utiliza para los beneficiarios incluidos en el sistema de cobertura UVA CVS para los de ProCreAr) sobre los créditos de los beneficiarios de este subsidio en los que se haya superado el límite establecido para compensar.
En ambos casos (beneficiarios ProCreAr y deudores por viviendas de hasta 140.000 UVA), una vez validada la información y subsanados los eventuales errores, se desembolsará a cada banco el total de fondos necesarios como para acreditar en la cuenta de cada beneficiario la diferencia entre la cuota convenida con el banco (en UVA) y el límite establecido (CVS por 1,1).
En el caso de los deudores no incluidos en la Cobertura UVA CVS para deudores de ProCreAr, el solicitante presentará una declaración jurada que cumple con los requisitos, sin perjuicio de la posibilidad de la entidad financiera de aportar el dato de la tasación del inmueble utilizada para el otorgamiento del crédito hipotecario. También el solicitante deberá agregar una copia simple del testimonio de la escritura de compra del inmueble del que resulta el precio de compra.
Con información de ámbito.com