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AFIP: se establecen retenciones de IVA y Ganancias a billeteras electrónicas

AFIP: se establecen retenciones de IVA y Ganancias a billeteras electrónicas

El objetivo de la medida es poner en igualdad de condiciones a esta actividad con las compras realizadas con tarjetas de débito y crédito.


La Administración Federal de Ingresos Públicos determinó que las operaciones efectuadas con billeteras electrónicas también retendrán IVA y Ganancias para poner en igualdad de condiciones a esta actividad con las compras realizadas con tarjetas de débito y crédito.

La resolución fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial y abarca a las «fintech» (empresas tecnológicas dedicadas a las finanzas) que operan en el mercado local, como Mercado Pago, Todo Pago, PayU o Naranja X.

Los porcentajes que se deberán retener dependerán del instrumento de pago seleccionado al pagar con la billetera electrónica, es decir, con tarjeta de débito o de crédito, y serán similares a las establecidas para las compras directas: 0,5 % para tarjetas de débito y 1 % para tarjetas de crédito, en la mayoría de los casos.

Quedarán exentas de esta medida las Micro Empresas registradas como tales ante la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa y las «Potenciales Micro Empresas» en los términos de la Resolución General 4.568 y su modificatoria, aclaró el organismo. Según la AFIP, la modificación se aplicará a las liquidaciones efectuadas a partir del 19 de noviembre próximo.