Según lo dispuso el BCRA, desde este lunes la medida rige para los que quieran adquirir los 200 dólares mensuales.
Aquellos ahorristas que quieran adquirir los 200 dólares mensuales permitidos por el Banco Central de la República Argentina (BCRA), deberán presentar desde este lunes una declaración jurada para concretar la operación.
Para frenar las continuas caídas en la reserva nacional, la autoridad monetaria dispuso nuevas medidas para acceder a dólares tanto para empresas como para personas humanas en medio de la creciente demanda de moneda extranjera ante la incertidumbre respecto de la definición de la deuda y el impacto económico del coronavirus.
A través de la comunicación «A» 7030, el organismo estableció que las personas humanas que quieran acceder al cupo de moneda extranjera permitido por mes, tendrá que presentar una declaración jurada, al igual que sucede con las empresas.
Mediante ese mecanismo, los ahorristas dejarán constancia de que «en el día en que solicita el acceso al mercado y en los 90 días corridos anteriores no ha concertado ventas de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior».
También se deberá comprometer a no concretar ese tipo de operaciones «por los 90 días corridos subsiguientes».
Fuentes del Central indicaron que el trámite será «muy sencillo» que las entidades financieras ya tienen instrumentado en el «homebanking» e insistieron: «Es tan sólo un click».
En la última normativa, la entidad monetaria dispuso que las empresas que tengan dólares fuera del país deberán utilizar esos fondos para hacer frente al pago de sus compromisos en el exterior, mientras pondrá en marcha nuevas restricciones para el acceso de las compañías al Mercado Único y Libre de Cambios.
Y definió extender a 90 días previos y 90 días posteriores la restricción para realizar operaciones de compra venta de títulos públicos en moneda local con liquidación en divisas para las empresas que requieran acceder al mercado oficial de cambio.