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Se suspenden las bajas de oficio del monotributo por falta de pago

Se suspenden las bajas de oficio del monotributo por falta de pago

La medida extiende los beneficios para los contribuyentes vigentes desde marzo para amortiguar los efectos económicos de la cuarentena por la pandemia del Covid-19


Mediante la resolución general 4782/2020, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó la decisión de no aplicar bajas de oficio del monotributo a ningún contribuyente que acumule faltas de pago de sus obligaciones durante julio o exceda el límite máximo de facturación del régimen.

La medida alcanza tanto a los contribuyentes que no hayan realizado el pago como a quienes se excedieron del máximo de facturación establecido. Además, las exclusiones de dichos trabajadores también fueron suspendidas por AFIP.

La normativa vigente establece que un contribuyente es dado de baja cuando no paga diez cuotas consecutivas.

La AFIP resolvió que junio no será computado a los efectos de contabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas automáticas.

Esta medida se suma a las diversas situaciones previstas que la ley establece para la baja del régimen. La más conocida es cuando la suma de los ingresos brutos superan el máximo establecido por la categoría máxima disponible (categoría K). Esta fija un tope de facturación anual de $2.609.240,69 o un máximo mensual de $217.349,75.

Aún así, durante el mes de julio esta última normativa no será utilizada para proceder con exclusiones de oficio.