El “Aporte solidario para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia”, que el Gobierno reglamentó, prevé el cobro de una tasa de entre el 2 y el 3,5% a los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado poseer más de $200 millones.
El Gobierno reglamentó y puso en vigencia el impuesto a la riqueza a través del Decreto 2021/42 publicado en el Boletín Oficial, firmado por el presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y el ministro de Economía, Martín Guzmán.
Se trata de la Ley 27.605, que establece la creación de un “Aporte Solidario y Extraordinario para Ayudar a Morigerar los Efectos de la Pandemia”.
La ley prevé el cobro por única vez de una tasa de entre el 2 y el 3,5% a los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado más de $200 millones, lo que abarcará a 12 mil contribuyentes.
Por los bienes situados en el exterior, si no se verifica su repatriación al menos del 30% de las tenencias en el exterior dentro de los 60 días de sancionada la ley y permanecen en el país hasta el 31 de diciembre de 2021, la tasa se eleva del 3 al 5,25%.
Este impuesto no tiene un mínimo no imponible: eso significa que los alcanzados pagan la tasa correspondiente desde cero. Además, no son deducibles las deudas y grava los activos productivos. Y se suma al 2,25% que parte de esa misma masa de activos ya tributa en concepto de Bienes Personales.
La iniciativa también alcanza a “aquellas personas humanas de nacionalidad argentina cuyo domicilio o residencia se encuentre en jurisdicciones no cooperantes o jurisdicciones de baja o nula tributación”.
Dónde será destinado lo recaudado
* Un 25% a programas de exploración, desarrollo y producción de gas natural
* Un 20% a comprar equipamientos de salud para atender la pandemia
* Un 20% a apoyar a pymes con subsidios y créditos
* Un 20% para financiar un relanzamiento del plan de las becas Progresar destinado a jóvenes estudiantes
* Un 15% para urbanizar barrios populares en donde serán contratadas cooperativas de los vecinos de cada barrio