Según el decreto 180/2022 publicado este viernes en el Boletín Oficial, dispuso un pago de un bono de $6.000 para jubilados y pensionados, a pagar durante este mes de abril.
El Gobierno estableció en un decreto oficial el pago para jubilados y pensionados de un subsidio con el fin de «mitigar los efectos económicos de la pandemia», este beneficio alcanzará a beneficiarios de las prestaciones provisionales del SIPA y también los beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, y de pensiones no contributivas por vejes, invalidez, madres de siete hijos o más y demás pensiones no contributivas a cargo del ANSES. Para percibir el subsidio, los beneficios deben encontrarse vigentes en el mismo mensual en que se realice su liquidación, aclaró el texto oficial. Y explicó que en el caso de beneficios de pensión, cualquiera sea la cantidad de copartícipes, estos deberán ser considerados como un único titular a los fines del derecho al subsidio. El Poder Ejecutivo puntualizó que este bono no alcanza a los Regímenes de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Policiales o del Servicio Penitenciario de las Provincias, cuyos sistemas de previsión fueron transferidos al Estado Nacional, cuando fuere su único beneficio. El subsidio no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto, garantizó el Gobierno. Al mismo tiempo, justificó el otorgamiento de este beneficio, al señalar que «con el fin de mitigar los efectos económicos provocados por la pandemia, resulta imperativo continuar con la adopción de una serie de medidas urgentes y excepcionales con el objetivo de reforzar la protección económica y social de los sectores más indefensos».
El Gobierno estableció en un decreto oficial el pago para jubilados y pensionados de un subsidio con el fin de «mitigar los efectos económicos de la pandemia», este beneficio alcanzará a beneficiarios de las prestaciones provisionales del SIPA y también los beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, y de pensiones no contributivas por vejes, invalidez, madres de siete hijos o más y demás pensiones no contributivas a cargo del ANSES. Para percibir el subsidio, los beneficios deben encontrarse vigentes en el mismo mensual en que se realice su liquidación, aclaró el texto oficial. Y explicó que en el caso de beneficios de pensión, cualquiera sea la cantidad de copartícipes, estos deberán ser considerados como un único titular a los fines del derecho al subsidio. El Poder Ejecutivo puntualizó que este bono no alcanza a los Regímenes de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Policiales o del Servicio Penitenciario de las Provincias, cuyos sistemas de previsión fueron transferidos al Estado Nacional, cuando fuere su único beneficio. El subsidio no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto, garantizó el Gobierno. Al mismo tiempo, justificó el otorgamiento de este beneficio, al señalar que «con el fin de mitigar los efectos económicos provocados por la pandemia, resulta imperativo continuar con la adopción de una serie de medidas urgentes y excepcionales con el objetivo de reforzar la protección económica y social de los sectores más indefensos».