contador de visitas gratis Una estimación de cuánto te beneficia el decreto (regresivo) de Ganancias - VilMetal.com.ar

Una estimación de cuánto te beneficia el decreto (regresivo) de Ganancias

Ya está publicado en el Boletín Oficial el decreto que define como excepcional y por única vez la suspensión de la aplicación del Impuesto a las Ganancias para los trabajadores que cobran menos de 25.000 pesos en el mes de diciembre.

Te aclaro que con este cambio, en enero todos los que pagan Ganancias hasta ahora van a seguir pagando el impuesto porque no hay una modificación del Mínimo no Imponible. Eso sigue en la lista de espera.

El Cronista publica un art{iculo hoy donde estima la mejora de ingresos para cada segmento que te dejo abajo para que leas completa. Pero te aclaro lo que me parece más importante: El cambio es bien regresivo, porque al no modificar las escalas del impuesto ni las alícuotas y proponer un «perdón para todos» los que están por debajo de los 25.000 pesos lo que hace es beneficiar con un recorte porcentualmente mayor a los salarios más altos.

Mientras que un trabajador que tiene 10.000 pesos de salario y una familia tipo recibirá con este decreto una mejora que equivaldr{ia a una suba del mínimo no imponible del 1% y un beneficio económico de 62 pesos, el trabajador soltero que gana 24.990 pesos tendrá un beneficio equivalente a una suba del mínimo no imponible del 9% y un beneficio económico de 3.630 pesos. El decreto es para todos, pero es más beneficioso para los que más ganan.

Te dejo el artículo completo de El Cronista:

«Para aproximar cuánto es el beneficio que recibirá un empleado por no pagar el impuesto a las Ganancias sobre la segunda cuota del aguinaldo, se puede analizar el caso de un sueldo mensual de $ 10.000 para un soltero sin hijos. Si el Gobierno no hubiera otorgado el perdón impositivo, el empleado hubiera perdido en el año por el pago del gravamen las dos cuotas del aguinaldo o un sueldo mensual. Con el alivio, se ahorra menos del 10% de esa cifra, una suma mucho menor que si se hubiera modificado el mínimo no imponible.

Según los cálculos del economista de la UBA Ariel Setton, para un casado con dos hijos el beneficio de bolsillo es de $ 61,90 para un sueldo de $ 10.000, $ 1.431,75 para $ 15.000 y $ 2.573 para un salario de $ 20.000.

Para un soltero sin hijos, el beneficio de bolsillo es de $ 298,80 para un sueldo de $ 8.000, $ 788,50 para $ 10.000, $ 1.680,50 para $ 15.000 y $ 2.905 para un salario de $ 20.000.
Según Setton, para un soltero sin hijos que gana $ 10.000, el beneficio representa una suba de 5% del mínimo no imponible de Ganancias.

La última modificación de las deducciones personales (mínimo no imponible, deducción especial y cargas de familia) ocurrió en abril del 2011, y por los incrementos nominales de sueldos que tuvieron lugar desde entonces, más empleados empezaron a pagar o a abonar más impuesto a las Ganancias.

El Gobierno dejó pasar 10 meses este año sin decidir el incremento de las deducciones personales, algo para lo que estaba facultado por el Congreso. Y, como el cálculo del impuesto es anual y acumulativo, cualquier modificación de las deducciones se debe tomar en forma retroactiva desde el 1 de enero de 2012. De esta manera, se produciría un costo fiscal importante, y en muchos casos, la devolución del impuesto retenido a los empleados se trasladaría a las empresas que terminarían financiando el reintegro en primera instancia, a pesar de que luego lo podrían recuperar de la AFIP, explicó José Luis Ceteri, del estudio del mismo nombre.

De todos modos, en diciembre el problema volverá a estar sobre la mesa en la medida en que los gremios logren adicionales no remunerativos. Varios sectores están negociando un bono extra para mitigar el efecto que tuvo el Impuesto a las Ganancias este año en el que no se modificaron las deducciones personales para el cálculo de la retención.

“Esa solución puede generar un problema, ya que ese adicional –aunque no sea remunerativo– influye en el cálculo del Impuesto a las Ganancias, e incluso puede tener un efecto contrario para los empleados que al percibir el bono pasen a una escala superior de Ganancias”, dijo Ceteri, y añadió que “al pagarse el bono en diciembre impactará totalmente en el cálculo anual, cosa que no sucedería si se abonara los primeros días del mes de enero de 2013, ya que en este caso sería posible prorratear el impuesto durante todo ese año.

La única forma para que el pago del bono no influya en Ganancias es que las empresas se hagan cargo del impuesto que provoca este adicional. La misma Resolución 2437 de la AFIP contempla la situación al tratar los casos de acrecentamiento en la retención de Ganancias. En este último caso, la manera sería incrementar las remuneraciones brutas de diciembre con un concepto llamado en los recibos de sueldo “acrecentamiento de Ganancias”. Esta mayor remuneración se abona únicamente en el mes que se aprobó el bono y lleva también aportes y contribuciones de seguridad social.»