El Gobierno actualizó el mínimo y la deducción especial para la cuarta categoría, con las que se calculan el salario base a partir del cual un empleado paga el impuesto.
Luego del anuncio de la suba del 20% del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias, durante septiembre comenzarán las devoluciones de los saldos a favor de trabajadores y jubilados que pagaron «de más» debido a que se trata de un impuesto anual.
El Gobierno actualizó el mínimo y la deducción especial para la cuarta categoría de Ganancias, con las que se calculan el salario base a partir del cual un empleado paga el impuesto. Sin embargo, no actualizó las escalas ni otras deducciones, como el alquiler de vivienda, empleo doméstico o cargas de familia.
Un trabajador soltero que no deduzca cargas de familia ni ningún otro gasto tributará Ganancias a partir de un sueldo bruto de $55.376, lo que significa $46.200 netos. En tanto, un empleado que deduzca cónyuge y dos hijos debería pagar impuesto a partir de los $77.274 de salario bruto, es decir, $64.000 de bolsillo.
Por otra parte, los cambios en Ganancias rigen a partir de septiembre, por lo que las empresas que paguen los salarios de agosto hasta el 31 de este mes inclusive podrán no tener en cuenta las modificaciones, lo que generaría un mes de demora en los beneficios.