Son un total de 2 mil firmas que incumplieron con los requisitos que imponía el Gobierno para recibir la ayuda estatal otorgada durante la cuarentena. Se otorgará un plan de pagos y, en caso de no pagar, se irá a juicio.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció este miércoles el mecanismo para que las empresas que incumplieron las condiciones previstas en el Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) y pese a la prohibición compraron dólares tras recibir la ayuda estatal.
En ese sentido, se establecieron los procedimientos de reintegro quedaron establecidos en la Resolución General 5035/21 publicada en el Boletín Oficial. La AFIP sostuvo que “los procedimientos de control realizados a partir de distintas fuentes de información provistas por el Banco Central y la Comisión Nacional de Valores permitieron determinar la caducidad del beneficio para unos 2000 empleadores”.
Las firmas serán notificadas por el organismo para reintegrar los recursos y podrán hacerlo a través de un plan de pagos. La AFIP detalló en la resolución las características del plan de facilidades de pago, entre las que se destacan que no podrá superar las cinco cuotas, además de un pago a cuenta del equivalente al 20% de la deuda consolidada.
“Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, excepto la primera de ellas, a la que se le adicionarán los intereses financieros desde el día de la consolidación del plan hasta su vencimiento”, afirmó el organismo dirigido por Mercedes Marcó del Pont.
El monto de las cuotas se calculará aplicando fórmulas que se consignan en el micrositio “Mis Facilidades” del sitio web de la AFIP y no podrá ser inferior a $1.000, con una tasa de financiación efectiva mensual del 2%. Las cuotas vencerán el 16 de cada mes y se cancelarán mediante débito automático en cuenta bancaria. El incumplimiento de dos cuotas, ya sean consecutivas o alternadas, a los 60 días corridos de la fecha de vencimiento de la segunda de ellas, generará a caducidad del plan de facilidades, advirtió la AFIP.