El trámite es sencillo y ahora puede hacerse a través de internet y sólo toma unos minutos. El 83% de los contribuyentes con saldo a favor saldrán beneficiados.
En el marco de una serie de medidas que el Gobierno está tomando para beneficiar a los pequeños y medianos empresarios, ARBA habilitó la devolución de crédito fiscal a través de un trámite que se realiza por internet.
Incluso si se encuentran dentro del Convenio Multilateral, las personas físicas y jurídicas que tributan Ingresos Brutos en la provincia de Buenos Aires y poseen hasta $50.000 de saldo a favor pueden acceder a su devolución sin tener que atravesar pasos engorrosos.
El director del organismo, Gastón Fossati, explicó que “antes los contribuyentes tenían que enfrentar un trámite engorroso que podía llevar años” mientras que, ahora, “la devolución se resuelve en pocos días a partir de una operatoria ágil, simple y transparente que evita la necesidad de concurrir a un punto de atención presencial”.
Al mismo tiempo, subrayó que “por principios de equidad, la iniciativa beneficia puntualmente a quienes sean cumplidores, exhiban un buen comportamiento tributario, no estén sujetos a fiscalizaciones y tengan al día todas sus obligaciones vinculadas con Ingresos Brutos, entre otros requisitos”.
Según ARBA, el 83% del total de los contribuyentes que tienen créditos fiscales podrán acceder a este beneficio. Los saldos a favor provienen del régimen de retención y percepción de Ingresos Brutos, así como también están generados por pagos erróneos vinculados con el impuesto.
El mecanismo regía desde el año pasado para personas físicas que tuviesen saldos a favor de hasta $10.000 y este mes, a partir de la optimización del desarrollo informático que gestiona las demandas de repetición, la entidad pudo ampliar el límite para acceder al servicio, llevándolo a $50.000 e incluyendo en el sistema a las empresas.
Para tramitar la devolución de sus créditos fiscales, los contribuyentes que cumplan estas condiciones deben ingresar en www.arba.gob.ar y acceder a la aplicación “Demanda de Repetición”. Allí tendrán que formalizar la presentación a través de su CUIT y Clave de Identificación Tributaria (CIT).
El sistema informará los saldos a favor que constan en la base de datos de ARBA para que el contribuyente pueda seleccionarlos. Posteriormente, y en caso de que la persona física o jurídica posea deudas vinculadas a impuestos predeterminados como Inmobiliario o Automotores, le ofrecerá la posibilidad de compensar esos montos impagos con parte o la totalidad del crédito fiscal.
Una vez cumplimentado este último paso se obtendrá un comprobante de la presentación y, de manera automática, se iniciará el circuito administrativo digitalizado que resolverá la petición del contribuyente a través de la compensación o devolución que corresponda.
La informatización del procedimiento es completa, ya que incluye expedientes y firmas digitales, así como notificaciones que se envían al domicilio fiscal electrónico del contribuyente, lo cual garantiza la celeridad y transparencia del sistema.