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Ciudad: prorrogan hasta el 27 de abril los vencimientos de ABL y patentes

Ciudad: prorrogan hasta el 27 de abril los vencimientos de ABL y patentes

También se prorrogará el pago de Ingresos Brutos para contribuyentes locales, una medida que según se explicó, «llevará alivio los 116.000 contribuyentes comprendidos bajo este régimen».

El gobierno de la Ciudad confirmó este miércoles, a través de la Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), que se prorrogarán hasta el 27 de abril los vencimientos de ABL y patentes y el pago de Ingresos Brutos para contribuyentes locales.

Según se informó, las nuevas medidas van en línea con las medidas de prevención y control adoptadas por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, «tendientes a reducir el riesgo de propagación del contagio» de coronavirus.

Respecto a la prórroga y vencimientos de ABL, y Patentes, el pago de la cuota Nº4 2020 del Impuesto Inmobiliario, cuyos vencimientos originales operan los días 7 y 14 de abril, y la cuota Nº2/2020 del Impuesto de Patentes sobre Vehículos en General, con vencimiento los días 8 y 15 de abril, fueron prorrogados hasta el próximo 27 de abril .

El plazo para la presentación de la Declaración Jurada y el pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para todos los Contribuyentes Locales correspondiente a marzo también es prorrogado. Si bien los vencimientos operaban a mediados del mes de abril, la nueva fecha límite se ubicará entre el 27 de abril y el 4 de mayo dependiendo la terminación del número de CUIT del individuo. En base a lo explicado, «esta medida pretende llevarles alivio a los 116.000 contribuyentes comprendidos bajo este régimen, en su mayoría PYMES, pequeños comercios y prestadores de servicios, entre otros.».

Además, con motivo del aislamiento social, preventivo y obligatorio establecido por el gobierno nacional en todo el país, la Ciudad de Buenos Aires habilitó el pago de impuestos por MercadoPago. El objetivo de la medida, se aclaró, «consiste en cuidar la salud de los vecinos de la Ciudad, ofreciéndoles una forma más cómoda y ágil de pagar estos trámites».

Adicionalemente AGIP informó acerca de más medidas y prórrogas de vencimientos:

Feria Fiscal excepcional

  • Se estableció que en el ámbito de la AGIP no se computan respecto de los plazos procedimentales los días hábiles administrativos comprendidos en el periodo previsto entre los días 14 y 27 de abril ambos fecha inclusive.

Prórroga de la presentación y pago para los agentes de retención de la Contribución por Publicidad

  • Se prorrogo hasta el 27 de abril de 2020, el plazo para la presentación de las Declaraciones Juradas y el depósito de las sumas retenidas por los Agentes de Retención de la Contribución por Publicidad, correspondientes al período marzo de 2020, cuyo vencimiento original operó el día 10 de abril de 2020.

Prórroga respecto a planes de facilidades

  • Se prorroga hasta el día 27 de abril de 2020, el plazo para el pago de las cuotas de los planes de facilidades de pago cuya cancelación sólo se efectúa de modo presencial.
  • Se prorrogan hasta el 27 de abril aquellos planes normados por el Decreto Nº 606/1996, operando los vencimientos originales en el período comprendido entre los días 20 de marzo y 26 de abril de 2020, ambas fechas inclusive.
  • Se considerarán abonados en término hasta el día 27 de abril de 2020, los gastos y los honorarios correspondientes acogimientos a planes de facilidades de pago de deuda en instancia judicial (regulados por la Ley Nº 6.195, el Decreto Nº 606/1996 y las Resoluciones N° 2722/SHYF/2004 y Nº 250/AGIP/2008, sus modificatorias y complementarias), cuyos vencimientos originales operaron en el período comprendido entre los días 20 de marzo y 26 de abril de 2020, ambas fechas inclusive.

Plan de Facilidades Resolución N° 249/AGIP/2008

  • Se resuelve que sean susceptibles de regularización las obligaciones en mora con vencimiento anterior al 1° de marzo de 2020, así como las deudas originadas en caducidades de planes de facilidades anteriores a la fecha indicada.
  • Se establece hasta el 31 de mayo del 2020 una condonación total de interés por pago al contado en una sola cuota y en caso de que se pague en hasta 12 cuotas, condonación del 50% de los intereses resarcitorios y condonación del 100% de los intereses por financiación.

Prórroga del vencimiento de la contribución por el uso y la ocupación de la superficie

  • Se prorrogo para el 27 de abril de 2020, el plazo para el pago de la Cuota Nº4/2020 de la Contribución por el Uso y la Ocupación de la Superficie de bienes del dominio público con puestos de venta ambulante por cuenta propia o de terceros/as, cuyo vencimiento original operó el 13 de abril de 2020.

Prórroga vencimiento Diferencias de Avalúo y adhesión al Decreto N° 606/1996

  • Se prorroga hasta el día 31 de mayo de 2020 el plazo para el pago de las liquidaciones por diferencias de avalúo y de los planes de facilidades de pago por este concepto, cuyos vencimientos originales operan durante los meses de marzo y abril de 2020.