Vamos a enumerar de la manera más sencilla y clara posible las medidas que dictó el Banco Central en el marco de la cuarentena obligatoria que regirá hasta el 31 de marzo y que impactan sobre los pagos y cobros de todos y especialmente de las empresas.
Medidas del BCRA
- Las entidades financieras y cambiarias no podrán durante ese período abrir sus sucursales para la atención al público y deberán seguir prestando servicios a los usuarios en forma remota. Sólo se podrá operar por Home banking, aplicaciones y en cajeros automáticos y terminales de autoservicio.
- La provisión de efectivo estará garantizada por el Central y los bancos deberán asegurar la suficiente provisión de fondos en cajeros automáticos.
- Los vencimientos de financiaciones de entidades financieras que se registren entre el 20 de
marzo inclusive hasta el 31 de marzo de 2020 inclusive, pasarán al 1 de abril de 2020. - En este período de cuarentena obligatoria NO habrá compensación electrónica de cheques. NO habrá clearing. Los cheques no se acreditarán hasta el 1 de abril.
- Habrá operaciones cambiarias. Podrás comprar o vender dólares (con las restricciones del control de cambios) por internet.
- Se mantendrán operativas las Cámaras Electrónicas de Compensación, el Medio Electrónico de Pagos, las redes de cajeros automáticos y de transferencia electrónica de fondos, las administradoras de tarjetas de crédito y débito, los adquirentes y procesadores de medios de pago electrónicos, los proveedores de servicios de pago, así como sus prestadores conexos y toda otra infraestructura de mercado necesaria para la normal prestación de los servicios de las entidades financieras y de los sistemas de pago.
- La operatoria del mercado de capitales se mantendrá, siempre de manera remota.