Fue a través del decreto 250/2020 publicado en el Boletín Oficial, firmado por el presidente Alberto Fernández quien le dio el aval al ministro de Economía, Martín Guzmán para negociar con los bonistas.
El presidente Alberto Fernández firmó este lunes el decreto que autoriza al ministro de Economía Martín Guzmán a reestructurar parte de la deuda pública por u$s 68.842 millones de dólares y de esta manera continuar con la renegociación con los acreedores.
«Establécese en el valor nominal de 68.842.528.826 millones de dólares o su equivalente en otras monedas, el monto nominal máximo de las operaciones de administración de pasivos y/o canjes y/o reestructuraciones de los Títulos Públicos de la República Argentina emitidos bajo ley extranjera existentes al 12 de febrero de 2020», indica el texto, publicado este martes en el Boletín Oficial.
También el Ejecutivo determinó que las prórrogas de jurisdicción sean en favor de los tribunales estaduales y federales ubicados en las ciudades de Nueva York, Londres y Tokio.
En ese sentido, puntualizó que “la renuncia a oponer la defensa de inmunidad soberana será exclusivamente respecto de reclamos que se pudieran producir en las jurisdicciones que se prorroguen, con relación a los contratos que se suscriban y a las operaciones de crédito público que se realicen”, contempladas en el decreto.
El decreto no incluye los tramos de deuda contraídos con el Fondo Monetario Internacional por unos u$s 44.000 millones.
En el artículo dos se autoriza al Ministerio de Economía, “por hasta un monto que no supere el establecido en el artículo anterior, establécese que las prórrogas de jurisdicción sean en favor de los tribunales estaduales y federales ubicados en las ciudades de Nueva York, Londres y de los tribunales ubicados en la ciudad de Tokio”.
Además “destaca que se renuncia a oponer la defensa de inmunidad soberana será exclusivamente respecto de reclamos que se pudieran producir en las jurisdicciones que se prorroguen, con relación a los contratos que se suscriban y a las operaciones de crédito público que se realicen con cargo al presente decreto”.
Por último, se indica que se debe dar cuenta a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso.