La AFIP lo hizo con el objetivo de amortiguar los efectos del aislamiento social preventivo y obligatorio por la pandemia de Covid-19.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por falta de pago de sus obligaciones durante agosto. El ente definió la medida con el objetivo de amortiguar los efectos del aislamiento social preventivo y obligatorio sobre los pequeños contribuyentes. Además, suspendió las exclusiones de monotributistas correspondientes a agosto.
Esta decisión se tomó a través de la Resolución General N°4799/2020, que será publicada en el Boletín Oficial, y que implica que se extienden a agosto los beneficios vigentes que ya estaban vigentes desde marzo.
La normativa vigente establece la baja del régimen cuando no se abonan diez cuotas consecutivas.
La AFIP resolvió que agosto no será computado a los efectos de contabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas automáticas.
Asimismo, existen distintas situaciones previstas en la ley que generan la baja del régimen. La más extendida es cuando la suma de los ingresos brutos del contribuyente excede el máximo establecido por la categoría máxima disponible.
La AFIP definió que esos cruces sistémicos no serán utilizados en agosto para proceder con exclusiones de oficio.