No se puede informar los alquileres ni otros gastos; a los jubilados les descontaron de más, pero lo compensarán en febrero.
Tras ser aprobada en diciembre, la ley del impuesto a las Ganancias 27.346 dispuso varias modificaciones, que permiten que este año tributen quienes perciben una remuneración bruta de al menos $ 27.934 en el caso de no tener deducciones por familiares.
En el caso de los asalariados con dos hijos a cargo, el menor sueldo alcanzado es de $ 32.462. Y si además de dos hijos el empleado puede deducir a su cónyuge (la persona no debe tener ingresos propios) se tributa a partir de un sueldo mensual de $ 36.953.
Un soltero con un salario bruto de $ 30.000, la carga mensual será de $ 100,50. Por ejemplo, un empleado con una remuneración de $ 50.000 y con deducción por dos hijos (deben ser menores de 18 años o incapacitados para el trabajo) tributará, por mes, $ 2740,95. Si, además de dos hijos, deduce pagos al personal de servicio doméstico por el máximo permitido ($ 51.967 para todo el año), el importe se reducirá a $ 1647,50.
Entre los jubilados, Ganancias alcanzará a quienes tienen un haber mensual de al menos $ 33.966 (hay algunas excepciones, como quienes pagan Bienes Personales, salvo que el impuesto los alcance por su vivienda). En enero, la Anses aplicó el esquema que estaba vigente durante 2016 y, así, cobró impuesto de más. Según el organismo, la compensación se hará con los haberes de febrero.