Debido a la extensión de la cuarentena en el marco de la crisis por el coronavirus, el organismo pospuso hasta el 30 de junio el plazo de suspensión de la traba de medidas cautelares correspondientes a sujetos inscriptos en el «Registro de Empresas MiPyMES».
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó hasta el 30 de junio la suspensión de embargos a las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs). La decisión extiende por dos meses el plazo previsto anteriormente en la normativa, que era este jueves 30 de abril.
En un documento el ente recaudador comunicó que «la medida apunta a amortiguar el impacto económico de la pandemia del Covid-19 sobre la actividad económica».
La AFIP justificó esta decisión al señalar que es necesario «contemplar la situación económica que atraviesan los contribuyentes y con el objetivo de coadyuvar al cumplimiento de sus obligaciones tributarias».
Por ese motivo, resaltó que «resulta aconsejable extender al 30 de junio de 2020, el plazo de suspensión» de las trabas de medidas cautelares que afecten actualmente a las pymes.
Alrededor de 1 millón de empresas que cuentan con el Certificado Mipyme se verán alcanzadas por la suspensión de traba de medidas cautelares.