La decisión del tribunal no es universal y corresponde sólo al caso de María Isabel García, la mujer de 79 años que inició un juicio contra la AFIP. Cada uno de los jubilados va a tener que hacer su propio recorrido judicial.
En la mañana del martes, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró la inconstitucionalidad del cobro del impuesto a las Ganancias sobre las jubilaciones y pensiones. La decisión contó con cuatro votos a favor, por parte de Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Elena Highton de Nolasco, mientras que el titular del cuerpo, Carlos Rosenkrantz, votó en contra.
Sin embargo, el fallo tiene letra chica: según explicó el periodista Martín Angulo, se pone el foco en la “vulnerabilidad” de la persona en el caso de María Isabel García, jubilada de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, que en el 2015 promovió un juicio contra la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) porque afirmaba que padecía problemas de salud y que los descuentos oscilaban entre el 29,33% y el 31,94% de su ingreso.
En tanto, obliga a que el resto de los casos sean tomados de modo individual, por lo que podrían pagar o no el impuesto a las Ganancias. Además, el fallo le pide al Congreso que defina cuáles son las condiciones de vulnerabilidad para retenérselo o no a un jubilado. Es decir, habrá algunos que paguen y otros que no.
Mientras tanto, cada uno de los casos deberá llegar a la Corte, que analizará si corresponde la retención o no. A su vez, el máximo tribunal dijo que no le correspondía expedirse sobre la retención de Ganancias en las sentencias judiciales que ha habido por ajuste de haberes previsionales, lo que significa un alivio para la caja de Anses, que no tendrá que devolver lo retenido.
En el caso García se habla de “vulnerabilidad” porque se trata de una jubilada que estaba enferma y, en esa condición, se le retenía el 30% de su haber jubilatorio. Pero en el fallo no hay indicación a la Anses de que deje de retener Ganancias, por lo tanto el mes próximo las jubilaciones de más de $ 62.000 continuarán pagando. Todas, salvo la de la jubilada entrerriana.
El costo fiscal es completamente marginal y como Ganancias es un impuesto coparticipable, a la Nación le cabe sólo el 50% de ese costo y la otra mitad pesa sobre las provincias. Quizás en esa participación de las provincias esté la razón de una Corte tan moderada.
Por Cecilia Boufflet