Lo decidió el Ministerio de Producción en el marco de las medidas para impulsar a los emprendedores argentinos.
“Desde el Gobierno Nacional seguimos trabajando en mejorar las condiciones para que cada vez más emprendedores puedan desarrollarse y crecer en el país. Esta medida, que es parte de la Ley de Emprendedores, apunta a generar facilidades para los argentinos que apuestan por las ideas argentinas”, sostuvo el secretario de Emprendedores y PyMEs, Mariano Mayer.
Quienes inviertan en los proyectos de emprendedores pueden deducir el 75% de los aportes en la determinación del Impuesto a las Ganancias siempre que no supere el 10% de la ganancia neta del ejercicio. El excedente se podrá aplicar en los 5 ejercicios fiscales siguientes a aquel en el que se efectuaron los aportes. El beneficio es retroactivo y comprende inversiones realizadas desde julio de 2016.
En inversiones que se realicen en las provincias de Salta, Jujuy, Tucumán, La Rioja, Catamarca, Misiones, Corrientes, Chaco, Formosa y Santiago del Estero la deducción se extenderá al 85%.
La inversión se tiene que mantener durante un mínimo de dos años, estar destinada a capitalizar un emprendimiento y ser de activos financieros liquidables en plazos de hasta 24 horas y en moneda local.
Para acceder al beneficio se implementó el Registro de Instituciones de Capital Emprendedor, en el que se deberán inscribir las instituciones y los inversores interesados.
Para más información, ingresar a: http://www.produccion.gob.ar/tramites/beneficios-fiscales-ley-emprendedor-67847