Se oficializaron los casi 2000 artículos que no variarán de precio. Además, se actualizó la norma que establece que las empresas deben informar mensualmente los precios, ventas y stocks.
La Secretaría de Comercio actualizó hoy la página que contiene las canastas de productos de consumo masivo que quedarán congelados en la nueva edición de Precios Justos y “próximamente” también lo hará en la app del programa.
Las canastas son distintas según la región de que se trate. Por ejemplo, en Capital Federal, está compuesta por 1770 productos, mientras que en la provincia de Buenos Aires el número asciende a 1883.
Cabe recordar que, según explicaron fuentes de Gobierno, algunos artículos ingresarán y otros saldrán, mientras que los que se mantienen de la primera edición del programa (casi el 65%) tendrán aumentos. Los casi 2000 artículos no van a ser los mismos durante los cinco meses que dura el plan hasta el 30 de junio, sino que rotarán cada 60 o 90 días.
Las canastas fijas, detalla La Nación, se complementan con la otra pata de Precios Justos, que establece que 49.832 productos de 15 rubros (consumo masivo, calzado, celulares, venta directa, hogar y construcción, indumentaria, útiles/cuotas de colegio, insumos difundidos, pequeños electrodomésticos, chacinados, textiles bicicletas, medicamentos, combustibles y motos) no podrán tener incrementos de más de un 3,2% mensual.
Según empresas que participan del programa “todavía no se firmaron” los acuerdos en los que las compañías se comprometen por escrito a congelar los productos y a fijar el sendero del resto, pero las demoras obedecerían, en principio, a los pasos burocráticos que hay que dar. “Es una cuestión que tiene que ver con el ritmo del trámite. No es por resistencia o conflicto, sino simplemente que hay que ir completando ese recorrido”, dijo un ejecutivo de una de las compañías.
En el mismo sentido, otra fuente indicó que no tenía información sobre la firma del acuerdo, pero señaló que eso generalmente sucede “después de la conformación de la canasta” que queda con precios congelados. “Primero se cierran los listados de los productos, los precios, se pone en vigencia y después viene la parte más formal de la firma de un acuerdo”, agregó.
Más control
A la par de la formalización de Precios Justos, hoy salió publicada en el Boletín Oficial la resolución 67/2023 que reactiva un requerimiento de información por el cual todas las empresas que superen un determinado nivel de ventas totales en el mercado interno deberán informar mensualmente en el Sistema Informativo para la Implementación de Políticas de Reactivación Económica (Sipre) los precios vigentes y cantidades vendidas de todos sus bienes finales o intermedio, hasta el día 31 de diciembre de 2023.
La resolución modifica a la resolución 237/2021 firmada en su momento por la secretaria Paula Español que establecía que la información debía ser provista mientras durara la emergencia declarada por la Ley N° 27.541 (de solidaridad social y reactivación productiva).
Las microempresas deberán informar a partir de ventas superiores a $23.560.000 en el caso del comercio y de $21.990.000 en el de la industria; y las pequeñas lo harán cuando superen $141.680.000 y $157.740.000, respectivamente.
Para las medianas empresas del tramo 1, esos límites serán de $1.190.400.000 para el comercio y de $986.080.000 para la industria; y para las del tramo 2, de $1.700.590.000 y $1.441.090.000.
Las empresas deberán informar además los precios y las cantidades producidas y vendidas, como también el stock de todos sus productos durante enero de 2023, teniendo plazo hasta el día 10 de marzo.