Hasta el 22 de julio tendrán tiempo los contribuyentes para incorporarse en las escalas correspondientes de acuerdo a la facturación. Los nuevos montos mensuales comenzarán a pagarse desde agosto.
Los monotributistas tienen tiempo hasta el 22 de julio para a recategorizarse o confirmar su escala en el régimen simplificado. Esto es obligatorio. Desde agosto la AFIP comenzará a cobrar los nuevos montos mensuales para quienes hayan ascendido o bajado su escalafón.
Los inscriptos en este régimen deben:
– Ingresar a la web del organismo tributario o a la aplicación para teléfonos celulares. «Los contribuyentes adheridos al Régimen de Monotributo deberán recategorizarse si cambiaron algunos de los parámetros, por ejemplo, de aumento o disminución de ingresos y de los gastos de electricidad o alquiler», informó la AFIP.
-Luego de entrar a la app o al portal web se tendrá que ingresar el número de CUIT y clave fiscal y, en un tercer paso, seleccionar la opción «recategorizarme», para verificar los datos.
-Luego avanzar hacia «continuar recategorización» e indicar la opción «imprimir credencial». A partir de allí habrá que completar el formulario de Declaración Jurada 184, en que se informarán, si los hubiera, los nuevos montos de referencia del contribuyente. Cumplido este paso, luego, el sistema emitirá el «F.184» como comprobante del trámite realizado y la nueva credencial de pago.
-«Se deberán tener en cuenta los ingresos brutos acumulados, la energía eléctrica consumida, los alquileres devengados en los 12 meses inmediatos anteriores y/o la superficie afectada a la actividad en ese momento», especificó la máxima autoridad fiscal.
El fisco advirtió que realizará recategorizaciones de oficio entre aquellos monotributistas que no hayan realizado el trámite y que incluirá multas. Respecto a los castigos por no realizar la recategorización, la entidad detalló que «serán sancionados con una multa del 50% del impuesto integrado y el componente previsional que les hubiera correspondido pagar».