Se estima que de 4 millones que accedieron en agosto, el número se reducirá a 1 millón. Los detalles de los que podrán acceder y lo que no.
Pueden comprar dólar ahorro:
-Jubilados
-Empelados público y funcionarios
-Rentistas
-Importadores (con trabas)
-Empleados y desempleados que no hayan cobrado ATP
-Empleadores que no hayan recibido créditos al 24%
-Monotributistas que no hayan recibido créditos a tasa 0 ni IFE
Excluidos para la compra de dólar ahorro:
- Quienes reciben del ANSES un subsidio alimentario (IFE, Asignación Universal por Hijo, etc).
- Quienes perciben o percibieron sus haberes por medio del Programa Asistencia al Trabajo y Producción (ATP).
- Quienes hayan accedido a alguno de estos beneficios relacionados con la emergencia sanitaria COVID 19:
a) Líneas de crédito, tales como “Créditos a Tasa Cero», “Créditos a Tasa Cero Cultura», «Créditos a Tasa Subsidiada para Empresas» o la financiación especial de líneas MiPyme.
b) Refinanciaciones, tales como congelamiento de las cuotas de tus préstamos hipotecarios para vivienda única o prendarios UVA, diferimiento de cuotas de tus financiaciones al final del plazo o refinanciación de tu tarjeta de crédito en abril o septiembre de 2020.
- Si algún cotitular de la cuenta en dólares realizó una compra de moneda extranjera en la misma cuenta durante el mes.
- Si el cliente realizó ventas de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o transferencias a entidades depositarias del exterior en los últimos 90 días.
Además, el banco deberá realizar una consulta a Banco Central para verificar que la operación esté habilitada, de acuerdo a lo que indica la normativa vigente.
Otros aspectos a tener en cuenta:
El límite de compra de dólares para ahorro, que se mantiene en U$S 200 mensuales, se verá reducido por los consumos que se realizaron a partir de septiembre en el exterior con las tarjetas de crédito, débito o recargable. En el caso de exceder el límite mensual, se computará para los meses subsiguientes.