El Gobierno fijó en 0% la tasa de estadística aplicable a ciertos bienes de capital y a las destinaciones suspensivas de importación temporaria, que hace menos de veinte días había fijado en 2,5%. Lo hizo a través de un decreto publicado este lunes en el Boletín Oficial.
A principios de este mes, la Casa Rosada subió de 0,5% a 2,5% la tasa de estadística para la importación a decenas de productos, como agroquímicos y fertilizantes, e incluyó a la soja, que no pagaba el tributo.
«Establécese, hasta el 31 de diciembre de 2019, en un 0% la alícuota de la tasa de estadística contemplada en el artículo 762 de la Ley N° 22.415 (Código Aduanero) y sus modificaciones», según el texto oficial difundido este lunes.
Según consigna NA, el 3 de mayo último, también por decreto, el Poder Ejecutivo había dispuesto que, hasta el 31 de diciembre de este año, la tasa de estadística contemplada en el artículo 762 de la Ley N° 22.415 (Código Aduanero) se aplicaría con una alícuota del 2,5% «a las destinaciones definitivas de importación para consumo y destinaciones suspensivas de importación temporaria».
Actualmente el Gobierno admitió que «dadas sus características, resulta necesario fijar temporalmente en un 0% la alícuota de la tasa de estadística aplicable a ciertos bienes de capital y a las destinaciones suspensivas de importación temporaria». Por lo tanto la tasa del 0% será aplicable a los bienes de capital que se importen para ser utilizados en el marco de inversiones en desarrollos de producción de hidrocarburos provenientes de reservorios no convencionales. También, esa tasa alcanzará a la importación de soja bajo el régimen de admisión temporaria.