La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) establece que bancos y otras entidades financieras y cambiarias no deberán solicitarles a sus clientes las declaraciones juradas de impuestos que hayan presentado ante el organismo fiscal. La medida se determina con el objetivo de proteger el secreto fiscal.
Esto se pondrá en práctica a través de la Resolución General N° 3952 que se publicará mañana en el Boletín Oficial y brindará una mayor confidencialidad y seguridad a la relación del contribuyente con el fisco. Están exceptuados los profesionales matriculados cuyas actividades estén reguladas por los consejos profesionales de ciencias económicas.
La normativa alcanza a todas las entidades que estén obligadas a emitir Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS) a la Unidad de Información Financiera (UIF). Entre ellas se encuentran, además, operadores de tarjetas de crédito, escribanos públicos, agentes y sociedades de bolsa, registros públicos de propiedad e inmueble y quienes se dediquen a la compraventa de vehículos.
Tampoco podrán solicitar las declaraciones juradas a sus clienteslas aseguradoras, transportadoras de caudales, correos privados, operadores de compraventa de objetos de arte, despachantes de Aduana y organismos de la Administración Pública.
Hay que recordar que el Código Penal fija penas de hasta 4 años de prisión para quienes divulguen informaciones confidenciales, como es el caso de las Declaraciones Juradas de impuestos.