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Vence el plazo para la presentación de declaración jurada de Ganancias y Bienes Personales

Vence el plazo para la presentación de declaración jurada de Ganancias y Bienes Personales

Había sido prorrogado hasta hoy a pedido de los contadores públicos y los contribuyentes.

Hoy finaliza el plazo para que los contribuyentes presenten las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias y a los Bienes Personales. Además este viernes 19 de julio concluye el del Impuesto Cedular. El período había sido ampliado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a raíz del pedido de contribuyentes y contadores públicos. La declaración jurada informativa de dichos tributos puede ser presentada hasta el 24 de julio, inclusive.

Por otro lado, la AFIP actualizó los montos no sujetos a retención en el Impuesto a las Ganancias, a través de la resolución general 4525/2019 publicada en el Boletín Oficial.

La medida determinó que cuando, por aplicación del régimen, resultara un importe a retener inferior a $240, no corresponderá efectuar retención, en lugar de los $150 vigentes hasta ahora.

También se incrementó de $650 a $1.020 el importe mínimo de la retención cuando se trate de alquileres de inmuebles urbanos percibidos por beneficiarios no inscriptos en Ganancias.

Con la resolución se estableció regímenes de retención y excepcional de ingreso del impuesto a las Ganancias sobre determinadas rentas de distintas categorías.

Por lo tanto para ganancias hasta $8.000 no habrá retenciones; a partir de ahí, hasta $16.000 se retendrán $400; hasta $24.000, $1.120; y hasta $32.000, la retención será de $2.080.

Luego, en ganancias de hasta $48.000 se retendrán $3.280; hasta $64.000, $6.320; hasta $96.000, $10.000; y a partir de ahí, $18.640.