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Y llegó el día, hay que pagar el 15% en las compras al exterior

Si alguno creyó porque demoró un mes la reglamentación se iban a olvidar o recortar el alcance de la retencion del 15% sobre las compras en el exterior estaba muy equivocado. Recaudar y frenar la salida de dólares es la consigna este año de cuentas flacas para el Gobierno y también le tocó en el marco del cepo al dólar un nuevo régimen tributario a las compras en el exterior.

Atenti, la retención del 15% es a cuenta de Ganancias y Bienes Personales, por lo tanto si alguien no paga el primero de los impuestos pero sí está alcanzado por el segundo, igual va a tener esa retención.

Atenti 2, la retención se aplica tanto a compras con tarjetas de débito, como de crédito y de compras (las de las casas de electrodomésticos o supermercados) y pesa sobre todas las operaciones en el exterior, no sólo las que se hagan comprando en una tienda fuera del país, si no también sobre los que se realicen desde la Argentina en sitios de internet radicados en el exterior.

A quién le corresponde la retención: a las personas físicas o jurídicas que realicen operaciones de compra de bienes o contratación de servicios en el exterior.

CUándo se aplican esas retenciones al pago del impuesto? en la cancelación del impuesto del período fiscal en el cuál fueron practicadas las retenciones. Es decir, lo que te retienen en el 2012 se utilizará a cuenta del Impuesto a las Ganancias que pagarás en mayo del 2013. Y lo que te retengan en enero del 2013 recién te lo aplicarán al impuesto que pagues en mayo del 2014. ¡Si, un año y medio parar recuperar esa plata!

La devolución para las retenciones indebidas todavía no está en claro cómo se realizarán en el caso de los trabajadores en relación de dependencia a los que el empleador le retiene mensualmente un anticipo de Ganancias. Hay que esperar otra resolución y te contaré en cuanto aparezca.

En tanto, los monotributistas que no están alcanzados por Bienes Personales deberán solicitar la devolución de las percepciones sufridas al igual que los trabajadores en relación de dependencia que no estén alcanzados por Ganancias ni por Bienes Personales. Pero tampoco para estos casos está definido el aplicativo de cómo de realizará el reintegro de esos cobros. A quienes estén inscriptos en Ganancias o Bienes Personales pero la retención más que compense lo que deberían pagar de Ganancias, deberán solicitar la devolución del saldo pero tampoco se sabe cómo.

Si, ya sé, los cobros van por el ascensor y las devoluciones por la escalera.

Es decir, si viajas y te hacen la retención, sentate con un almohadón cómodo a esperar a que se defina cómo te devolverán esos fondos.

Los monotributo que además tengan otra actividad o un trabajo en relación de dependencia por el quepagan Ganancias van a tener la retención a cuenta de ese cargo. Lo mismo si están inscriptos en el régimen de Bienes Personales.

Viajeros, si sacan las cuentas, consumir en el exterior sigue siendo en muchísimos casos más económino que en el exterior. Acá les dejo algunas cuentas que saqué que pueden servir como ejemplos.

@ceciliaboufflet