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Aguinaldo e Impuesto a las Ganancias: cuál es la forma de liquidación que reduce las retenciones

Aguinaldo e Impuesto a las Ganancias: cuál es la forma de liquidación que reduce las retenciones

Se acerca a su fin el sexto mes del año y los empleados alcanzados por el Impuesto a las Ganancias comienzan a calcular el impacto sobre el Sueldo Anual Complementario (SAC). Sin embargo, la manera en que los empleadores liquidan el gravamen sobre el aguinaldo puede tener un impacto directo en el dinero que recibe cada trabajador.

La normativa vigente contempla dos alternativas para calcular las retenciones sobre el aguinaldo y la elección corresponde exclusivamente al empleador. Según explicó Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, una de las opciones puede provocar que los trabajadores soporten descuentos mayores durante el año y recién recuperen parte de ese dinero varios meses después.

La regulación establece que cada mes el empleador debe incorporar a la base de cálculo del impuesto una suma equivalente a la doceava parte del aguinaldo, realizando así retenciones anticipadas sobre el SAC.

Cómo influyen las escalas del impuesto

El principal problema surge por el mecanismo de actualización de las escalas del impuesto. Estas se ajustan semestralmente por inflación, en enero y julio, lo que provoca que durante la primera mitad del año los mínimos no imponibles y los umbrales sean más bajos que los que regirán en el segundo semestre.

Una de las alternativas que tienen las empresas consiste en sumar los anticipos retenidos durante cada semestre y, al momento de pagar el aguinaldo, descontar únicamente la diferencia que corresponda.

No obstante, este método puede generar que durante los primeros seis meses del año se retenga más impuesto del necesario, ya que las escalas utilizadas son menos favorables para el trabajador. Esa diferencia recién se corrige en la liquidación anual, que suele realizarse en abril del año siguiente.

Según explicó Domínguez, esto significa que el empleado financia durante varios meses una retención superior a la que finalmente le corresponde pagar.

La opción que recomienda el especialista

La segunda metodología consiste en realizar los anticipos mensuales durante todo el año y recién efectuar el cálculo definitivo del impuesto sobre el aguinaldo durante la liquidación anual.

De acuerdo con el especialista, este mecanismo permite utilizar las deducciones personales y las escalas actualizadas por la inflación del primer semestre, vigentes desde julio, que suelen resultar más beneficiosas para el trabajador.

“El ajuste queda diferido a la liquidación anual, que se practica con las deducciones personales y la escala actualizadas por la variación del IPC del primer semestre”, señaló Domínguez.

El tributarista agregó que, en caso de corresponder una retención adicional, esta se descuenta en abril o mayo del año siguiente si el empleado continúa trabajando en relación de dependencia, o en la liquidación final si se desvincula antes.

Además, aclaró que el trabajador no puede elegir qué metodología se aplica, ya que la decisión corresponde únicamente al empleador. Por ese motivo, recomendó consultar a la empresa para conocer qué sistema utiliza y verificar las retenciones mediante los recibos de sueldo.

Para Domínguez, la liquidación anual del aguinaldo es la alternativa más conveniente porque “mejor preserva el neto de bolsillo del trabajador en el momento del cobro del SAC” y permite aprovechar de manera más eficiente las actualizaciones por inflación previstas en la normativa.