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ARCA: los contribuyentes vinculados al comercio exterior podrán pedir en dólares la devolución de sus saldos a favor

ARCA: los contribuyentes vinculados al comercio exterior podrán pedir en dólares la devolución de sus saldos a favor

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó este martes un nuevo régimen que permitirá a los operadores de comercio exterior optar por la conversión y exposición en dólares en los saldos que tengan a su favor.

A través de la Resolución General 5792/2025 publicada en el Boletín Oficial, “los contribuyentes y/o responsables que cuenten con solicitudes de devolución de saldos a favor de libre disponibilidad de impuestos nacionales vinculados a operaciones de comercio exterior y/o de pedidos de pago de reintegros a la exportación, acumulados u oficializados, respectivamente, al 31 de octubre de 2025, inclusive, podrán solicitar que dichos importes se expresen en dólares estadounidenses”, señaló la norma.

Para la solicitud, los interesados deberán «ingresar con Clave Fiscal Nivel 3, como mínimo, obtenida en los términos de la Resolución General N° 5.048 y sus modificatorias, al servicio denominado “Opción de conversión/exposición de saldos Reso.1834/2025 – MEC”, disponible en el sitio web institucional.

El plazo para hacerlo se extenderá desde el 5 de diciembre de 2025 hasta el 1 de marzo de 2026, inclusive.

Aclararon que podrá “ejercerse en forma total o parcial por cada solicitud de devolución de saldos a favor de libre disponibilidad de impuestos nacionales vinculados a operaciones de comercio exterior, acumulados al 31 de octubre de 2025, inclusive”.

Requisitos:

  • Haber sido presentada antes del 31 de diciembre de 2025, en los términos de la Resolución General (DGI) N° 2.224, sus modificatorias y complementarias.
  • Haber sido aprobada y notificada antes del 1 de marzo de 2026, encontrándose impaga a dicha echa.

Además, se indicó que “a través del servicio mencionado en el artículo precedente se deberá ingresar el monto por el que se pretende ejercer la opción, indicando el período -fechas desde y hasta- de las percepciones realizadas por la Dirección General de Aduanas que integran los saldos”.

“En el supuesto de que la opción sea ejercida por un monto inferior al de la devolución aprobada, el trámite de pago de la referida devolución continuará por la diferencia”, informaron.

En tanto, señalaron que, si durante la verificación de la información “no se detectan inconsistencias, se generará un acuse de recibo -formulario”.

Se especificó que “el monto por el cual se aceptó la opción, de acuerdo al procedimiento dispuesto en la presente, será convertido a dólares estadounidenses al tipo de cambio vendedor del Banco Nación de la Argentina del día 18 de noviembre de 2025″.