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Bancos: se definen horarios de atención para titulares de haberes previsionales y pensiones

Bancos: se definen horarios de atención para titulares de haberes previsionales y pensiones

El BCRA dispuso el horario especial y exclusivo será todos los días hábiles, durante las primeras dos horas de la jornada de atención al público en sucursales, según cada jurisdicción.


El Banco Central de la República Argentina (BCRA) dispuso que a partir del 19 de marzo las entidades financieras deberán atender en horarios exclusivos a los titulares de haberes previsionales y pensiones que integran el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y de aquéllos cuyo ente administrador corresponda a jurisdicciones provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires.

El horario especial y exclusivo será todos los días hábiles, durante las primeras dos horas de la jornada de atención al público en sucursales, según cada jurisdicción.

Si bien esta disposición regirá a partir de mañana, el BCRA invita a las entidades a aplicar esta norma desde hoy.