contador de visitas gratis Paso a paso para reclamar el subsidio por inundaciones en la Ciudad - VilMetal.com.ar

Paso a paso para reclamar el subsidio por inundaciones en la Ciudad

Ante los cuestionamientos por el bajo nivel de reparación que implicaba el subsidio por inundaciones de 8.000 pesos, el Gobierno de la Ciudad elevó por decreto el monto a 20.000 pesos por dominio, es decir, por cada propiedad o ciudadano que lo reclame. Pero no sólo alcanza a quien necesita reparar su casa, también puede pedirse por haber sufrido la pérdida de un vehículo o de bienes muebles como consecuencia de la inundación, por ejemplo, un electrodoméstico.

monedas

La cifra mejora el nivel de cobertura y el jefe de Gobierno porteño, Mauricio Macri, prometió mejorar las facilidades para realizar el trámite que hasta ahora requería más pasos que sacar un crédito millonario. Los que necesiten una reparación adicional podrán trammitar un crédito banco en el Banco Ciudad.

En primer lugar, los afectados tienen sólo 20 días para tramitar el pedido de subsidio. Y si bien Macri prometió que no se requeriría star al día con los impuestos para pedir el beneficio, el decreto de necesidad y urgencia que emitió mantiene la exigencia de no tener deudas impositivas con la Ciudad y compromete a desistir de cualquier reclamo adicional contra el Gobierno porteño por vía judicial.

El trámite se puede realizar en cualquier Centro de Gestión y Participación (CGP) y responde a la cobertura que asigna el Fondo de Emergencia para Subsidios por Inundaciones.

El formulario de Solicitud de Subsidio es el de la Ley 1575, que se puede obtener online en la web del Gobierno de la Ciudad y llevarse completo para presentar en el CGP. Si está firmado por el titular del dominio, lo puede presentar un tercero.

Es decir, un tercero puede llevar el formulario firmado, con todos los documentos que se exigen y que no son pocos.

Si el daño ocurrió en un inmueble se necesita:

– Original y fotocopia del DNI del solicitante.

– Título original de propiedad y fotocopia.

– De no ser el ocupante, el titular del inmueble, deberá acreditar la ocupación legítima del mismo, por ejemplo, presentando el contrato de alquiler.

– Certificado expedido por la Dirección General de Rentas.

– Habilitación Municipal en caso de actividades que así la requieran.

– Cualquier otra prueba documental que juzguen necesaria para acreditar los requisitos establecidos en la norma.

Si el daño se produjo a un bien mueble registrable, como un auto, se necesita:

– Original y fotocopia del DNI del solicitante.

– Título original del bien afectado y fotocopia.

– Certificado expedido por la Dirección General de Rentas.

– Cualquier otra prueba documental que juzguen necesaria para acreditar los requisitos establecidos en la norma.

En tanto, si se trata de un bien mueble no registrable se deben presentar los mismos requisitos que para los inmuebles, salvo el título de propiedad.

Un instructivo de la Defensoria del Pueblo de la Ciudad aclara, además, que aquellas personas que no utilizan habitualmente Internet o no tienen servicio eléctrico para hacerlo pueden acudir a sus oficinas, donde le entregaran el formulario correspondiente para gestionar el subsidio y le indicarán cómo debe completarlo.

Además, aclara que si no se logró reunir toda la documentación exigida por la ley para tramitar el subsidio en el plazo dispuesto (20 días), todos los damnificados por el temporal ocurrido el 2/4 pueden acudir a la Defensoría del Pueblo personalmente o a través del correo-e a fin de dejar constancia de los daños sufridos, para que podamos estudiar cada caso en particular y encontrar la forma más adecuada de encauzar el trámite. «En el caso de que no hayan sido atendidos satisfactoriamente en el CGPC, se les haya negado injustificadamente la posibilidad de iniciar el trámite para obtener el subsidio, o la gestión de la solicitud se haya demorado excesivamente, también podrán presentarse para que la institución intervenga directamente ante las autoridades del GCBA», informó el organismo.

La dirección de la Defensoría es Venezuela 842 y atiende de lunes a viernes de 10 a 18, también en el 4338-4900 .

Finalmente, si tenés deudas de ABL o Patentes, podés pagarlas en el CGP donde hacés la presentación del trámite para cobrar el subsidio. No te hará muy feliz pagar impuestos después de que se te inundó la casa, pero si te conviene porque el subsidio es mayor de lo que adeudás. Además, el impuesto te lo van a cobrar igual o te lo reclamarán como deuda en el futuro.

Para ver la asistencia que disppuso la Nación para los afectados en Capital y Buenos Aires, clickeá aquí.

@ceciliaboufflet