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AFIP reglamentó la ampliación de la moratoria 2020: principales puntos

AFIP reglamentó la ampliación de la moratoria 2020: principales puntos

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó hoy la adhesión a la ampliación de la Moratoria 2020 para pagar deudas hasta en diez años. Los contribuyentes tienen tiempo para anotarse hasta el 31 de octubre en el sitio oficial de la entidad.

La moratoria ampliada, alcanzará a pymes, comerciantes, profesionales, grandes empresas, monotributistas, autónomos, cooperativas y entidades sin fines de lucro. Se busca así que logren regularizar sus deudas tributarias, aduaneras y previsionales, con quitas parciales de intereses y totales de multas. Podrán regularizar sus deudas tributarias, aduaneras y previsionales en hasta 120 cuotas.

“El objetivo de la ampliación de la moratoria es aliviar la situación de los contribuyentes. Es una herramienta más del Estado para amortiguar el daño, sostener los puestos de trabajo y encarar el proceso de recuperación después de la crisis a la que condujo el gobierno anterior y que profundizó la pandemia”, expresó la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont.

La Resolución General N°4816 publicada en el Boletín Oficial pone en marcha la Ley 27.562. La iniciativa aprobada por el Congreso de la Nación extendió el alcance de la Moratoria 2020 para incluir a aquellas personas humanas y personas jurídicas que originalmente no habían sido contempladas a finales del año pasado.

Las empresas e individuos que adhieran al plan de facilidades comenzarán a pagar la primera cuota el 16 de diciembre. La moratoria prevé beneficios para los contribuyentes cumplidores.

Principales puntos de la Moratoria 2020:

  • Permitirá incluir deudas vencidas hasta el 31 de julio de 2020
  • Será posible adherirse hasta el 31 de octubre de 2020
  • Primera cuota vence el 16 de diciembre
  • Dependiendo del tamaño de las empresas e individuos que se adhieran pueden regularizar sus deudas en hasta 96 o 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras. Los plazos son de hasta 48 o 60 cuotas para las obligaciones correspondientes a los recursos de la seguridad social.
  • Condonación parcial de intereses y total de multas.
  • Tasa de interés fija del 2% mensual hasta mayo de 2021. A partir del mes siguiente se aplicará una tasa variable en pesos.
  • Condiciones para las empresas de mayor tamaño. Durante 24 meses no podrán distribuir dividendos, realizar operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria ni acceder al mercado cambiario para realizar pagos a entidades vinculadas.
  • Establece para un grupo de contribuyentes la obligación de repatriación de activos financieros situados en el exterior en un plazo de 60 días desde que se formaliza la adhesión.