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Canje de deuda: oficializan la oferta a acreedores

Canje de deuda: oficializan la oferta a acreedores

La presentación se llevó a cabo mediante el Decreto 391/20 que fue publicado este miércoles en el Boletín Oficial.


El gobierno nacional dispuso la emisión de los nuevos títulos de la deuda en dólares y en euros e invitó a los tenedores de los bonos que están en circulación, a canjearlos, en el marco del proceso de reestructuración que anunció días atrás, cual contempla una quita del 62 por ciento sobre los intereses y de 5,4 por ciento sobre el capital para comenzar a pagar en 2023, tras un pedido de gracia por tres años.

La resolución se tomó mediante el Decreto 391/2020 que dispone la reestructuración de la deuda pública para los títulos legislados bajo ley extranjera.

En el Decreto se indicó «que para resolver la situación de inconsistencia macroeconómica, resulta fundamental la implementación de políticas de deuda como parte de un programa integral diseñado con el objetivo de recuperar un crecimiento sostenible de la economía y restaurar la sostenibilidad de la deuda pública».

«Que si bien la crisis sanitaria mundial generada por la pandemia del coronavirus COVID-19 ha alterado los plazos previstos oportunamente en el ‘Cronograma de acciones para la gestión del Proceso de Restauración de la Sostenibilidad de la Deuda Pública Externa’, resulta una obligación ineludible del Estado instar todos los trámites que sean necesarios para su cumplimiento», afirma el documento.

Además, se remarcó en la norma «que, con el fin de realizar la propuesta de reestructuración que se propicia, se profundizaron los contactos con los tenedores de los referidos instrumentos de la deuda, avanzándose en una propuesta de reestructuración acorde con los lineamientos de sostenibilidad determinados por el Ministerio de Economía».

«Que la propuesta diseñada permitirá al Estado Nacional restaurar la sostenibilidad de la deuda pública emitida bajo Ley Extranjera, permitiéndole de esta forma hacer frente a servicios de deuda acordes con la capacidad de pago de la República Argentina», subrayó.

En su artículo 1°, la norma remarca que los alcances, términos y condiciones de los nuevos títulos se encuentran en un extenso anexo denominado «Suplemento del Prospecto».

El artículo 2° establece que «el monto máximo de emisión para el conjunto de las series denominadas en dólares´, no podrá ser superior a un valor nominal de 44.500.000.000 dólares estadounidenses», en tanto que «el monto máximo de emisión para el conjunto de las series denominadas en Euros no podrá ser superior a un valor nominal de 17.600.000.000 Euros».