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Moratoria porteña: cuánto y cómo hay que pagar

Moratoria porteña: cuánto y cómo hay que pagar

La Administración General de Ingresos Públicos (AGIP) de la Ciudad de Buenos Aires reglamentó esta semana la moratoria para poder cancelar las deudas con una reducción especial de intereses y evitando recargos, multas u otras sanciones que no se encuentren firmes.

La misma estará abierta hasta fin de año para todos los contribuyentes porteños y para los que tengan impagas obligaciones cuya deuda pueda representar un delito para la Ley Penal Tributaria y que no tengan sentencia firme ni acuerdos homologados. La incorporación a la moratoria les servirá para evitar denuncias penales por parte de la AGIP y suspender las acciones judiciales.

A los intereses por las deudas acumuladas, la AGIP les puso un tope proporcional a la antigüedad y el monto de la deuda, y los intereses que superen esos porcentajes serán condonados.

Para el período 2015 a mayo de 2016, el interés resarcitorio y/o los punitorios no podrán superar el 10% del capital adeudado; para las deudas de 2013 y 2014, el tope es del 25% del capital adeudado; para las del 2011 y 2012, el máximo es el 50% del capital adeudado; y para las de 2010 y anteriores, el 75% del capital adeudado.

Si la deuda se paga al contado, hay una reducción extra del 15% en los intereses.

Así mismo, los contribuyentes también pueden elegir un plan de pago de hasta 90 cuotas, con un mínimo de $ 500 por cuota:

– los contribuyentes no incluidos en el Sistema de Control Especial deberán abonar un pago a cuenta equivalente al 5% de la deuda (no podrá ser inferior a $ 500) y financiar el saldo en hasta 90 cuotas iguales, mensuales y consecutivas, con un interés del 1,5% mensual.

– los grandes Contribuyentes incluidos en el Sistema de Control Especial deberán abonar un pago a cuenta del 15% de la deuda (no podrá ser inferior a $ 1500) y financiar el saldo en hasta 90 cuotas, con un interés del 1,8% mensual.

– los agentes de Recaudación por las retenciones y/o percepciones no realizadas y/o por aquellas efectuadas y no ingresadas al 31 de mayo de 2016 inclusive deberán abonar un pago a cuenta del 15% (que no podrá ser inferior a $ 1500) y financiar el saldo en hasta 36 cuotas, con un interés del 1,8% mensual.